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Carboneras dice al TSJA que no tiene "capacidad" para cambiar el PORN en el Algarrobico y remite a la Junta

E.P.

Jennifer Simón Carrión

Martes, 10 de mayo 2016, 08:37

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El Ayuntamiento de Carboneras (Almería), gobernado por independientes, ha remitido un escrito de contestación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que argumenta que no tiene "capacidad normativa" para "modificar" el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata y, por tanto, lo que en el se recoge para el paraje de El Algarrobico.

 

El citado escrito, en respuesta al requerimiento efectuado por el Alto Tribunal andaluz para que en diez días acreditase las medidas adoptadas para devolver a la zona el nivel de protección como "espacio protegido no urbanizable" defiende, asimismo, que el Consistorio está cumplimiento de manera "escrupulosa" con los pronunciamientos judiciales ya que "no se ha autorizado ninguna actuación urbanística" en el sector desde que el Supremo ratificó la suspensión cautelar el PORN aprobado por la Junta en 2008.

Cabe recordar que la sentencia del TS ratificaba un fallo previo del TSJA que adoptó esta medida al estimar que el nivel de protección dado por la nueva normativa de la Junta a la zona como "núcleo habitado existente o zona transformada" dejaba la puerta abierta a la rehabilitación de inmuebles con uso turístico y, por tanto, "uso efectivo" del hotel de Azata del Sol con un "efecto devastador" medioambiental.

Fuentes municipales han precisado a Europa Press que, al margen de que se van a cumplir seis años de la paralización por orden judicial de las obras del inmueble, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Carboneras tiene suspendido su trámite de aprobación a la espera de que se produzca un pronunciamiento definitivo del TSJA sobre el PORN ya que, ha remarcado, de momento "se trata de medidas cautelares adoptadas en el marco de una pieza separada".

En esta línea, y en alusión a la adaptación a la LOUA que de las Normas Subsidiarias (NNSS) se realizó en 2010 y en la que se mantiene como urbanizable el sector ST-3, han indicado que "se mandaron con planos visados" a la Consejería de Obras Públicas, que "dio el visto bueno". "El Ayuntamiento se ha sometido en todo momento al imperio de la ley y de la normativa urbanística que viene dictada por la Junta de Andalucía", han apuntillado y por eso, han ahondado, "no se ha autorizado nada ni se ha dado licencia para las 250 viviendas que se proyectan en ese sector".

"Escrupuloso cumplimiento"

Para el Consistorio, el requerimiento efectuado por el Alto Tribunal andaluz a petición del colectivo Greenpeace parte de un "error de base" ya que la administración local "no puede decidir sobre un decreto al no tener potestad reglada", por lo que "correspondería a la Junta el decidir". Al hilo de esto, ha cuestionado la viabilidad de esto ya que en el fallo del Tribunal Supremo no se "insta a un procedimiento revisorio de forma explícita" de la normativa.

"El Ayuntamiento siempre cumple al céntimo con las resoluciones y no va a dar ninguna licencia ni plantear actuación urbanística en la zona que signifique tocar ni una piedra o mover una mata hasta que resuelva el TSJA. Hay un escrupuloso cumplimiento de la norma", han concluido.

El Supremo acordó el pasado mes de septiembre rechazar el recurso de la Junta y respaldar la argumentación del TSJA que sostiene que la "ambigüedad" del Decreto por el que aprobó el aprobación del PORN de 2008 produciría, de aplicarse en un concreto sentido, "un efecto devastador" en la zona de El Algarrobico al incluirlo incluye en una zonificación en la que son compatibles nuevas edificaciones y la rehabilitación de las existentes, "lo que podría implicar la terminación de la infraestructura".

Asimismo, apoyó la tesis del TSJA de que la suspensión cautelar acordada respondía al beneficio del "interés público en proteger el medio físico" y que el paraje quedaba "mejor amparado" con el PORN anterior, de 1994, ya que le da "una más intensa y mejor protección ambiental, donde no era posible construcción alguna, ni la legalización de las ejecutadas". La Junta de Andalucía defendía en su recurso que ese plan era un "refuerzo de la protección de este espacio natural" almeriense y permitiría en su momento la demolición del edificio de una veintena de plantas y 411 habitaciones.

 

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