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Una de las láminas de Goya perteneciente a la serie 'Los desastres de la guerra' desaparecida en Carboneras y, en detalle, la exconcejala. / IDEAL IDEAL
Tribunales en Almería | Absuelven a la exconcejala de Carboneras al no haber pruebas de que se quedara los cuadros de Goya

Absuelven a la exconcejala de Carboneras al no haber pruebas de que se quedara los cuadros de Goya

Josefa Cruz, acusada de prevaricación y malversación, ha sido también eximida de cualquier tipo de irregularidad en los expedientes municipales para la compra de las obras artísticas

Daniel Serrano y europa press

Almería

Jueves, 20 de octubre 2022, 14:03

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Fin del culebrón. El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha absuelto a Josefa Cruz, exconcejala de Cultura del Ayuntamiento de Carboneras, de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por la adquisición de los 80 facsímiles de grabados de Francisco de Goya de la colección 'Los Desastres de la Guerra' comprados por el Consistorio carbonero en 2009 por un importe de 3.250 euros.

Eso sí, tal y como quedó acreditado durante la vista oral celebrada el pasado 20 de septiembre en la Ciudad de la Justicia de Almería, nadie en la localidad sabe dónde se encuentran estas obras artísticas.

Tal y como recoge la sentencia, «no resulta acreditado que la adquisición de las láminas se efectuara por la acusada fuera del ámbito de sus competencias y sin observancia del procedimiento establecido en la legislación vigente en aquella fecha. Tampoco resulta probado que la acusada participara en la desaparición de las láminas».

La magistrada María del Mar Alejo da por probado que la exconcejala tomó el acuerdo de adquirir para el Ayuntamiento de Carboneras 80 estampas de Francisco de Goya de una colección denominada 'Los Desastres de la Guerra' de la Editorial Planeta por importe de 3.250 euros, que de forma aplazada y en los meses siguientes fueron abonados por el Consistorio carbonero a la citada mercantil, conforme a factura emitida en fecha de 31 de agosto de 2009.

«Si bien las referidas 80 estampas fueron recepcionadas en el Ayuntamiento en torno a esa fecha por la acusada, jamás fueron expuestas al público estando desaparecidas desde fecha indeterminada, sin que estén localizadas en ninguna dependencia municipal», recoge la sentencia.

Cruz Orta, quien abandonó la política de forma activa en 2019 al no concurrir en la lista del PSOE, se enfrentaba a penas de un año de cárcel y de ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. El Ministerio Público consideraba que la exconcejala había incurrido, al comprar la colección por 3.250 euros, en un «gasto innecesario y superfluo para el erario público» y le reprocha la toma de una decisión que califica de «personal suya, arbitraria en su esencia y alejada del interés público».

La investigación se inició tras la denuncia presentada ante la Fiscalía por el entonces equipo de gobierno de Gicar-PP que lideraba Salvador Hernández, ahora inhabilitado, y en la que se recogía la supuesta desaparición de las estampas.

¿Dónde están?

En los fundamentos de derecho, la sentencia alude a la resolución de la Concejalía Delegada de Cultura de la que era titular Josefa Cruz por la que se acuerda la aprobación del gasto correspondiente a la ejecución del contrato de suministro de 80 estampas, edición facsímile, de Los Desastres de la Guerra de Goya y a un documento aportado por el letrado de la defensa al comienzo del acto del juicio como cuestión previa; en concreto, certificado obtenido a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Carboneras donde se recoge el acuerdo adoptado en sesión plenaria extraordinaria de 17 de julio de 2007, por el que se le designa como concejal delegada.

«El contrato se celebró en el ámbito de sus competencias, siendo por lo demás dicha adquisición conforme al procedimiento legalmente establecido según la normativa vigente en aquella fecha», remarca la juez, que añade que la conducta de la exedil «no puede ser calificada como arbitraria o alejada del interés público al ser manifiesto que una colección de estampas o facsímiles que reproducen una serie pictórica de un afamado pintor presenta un evidente interés cultural».

Según recoge en la sentencia, «la valoración del carácter superfluo» del gasto para el erario público o la «conveniencia» de efectuar el correspondiente desembolso no resulta «fiscalizable» en sede penal «al tratarse de un acto realizado por la acusada en el ámbito de sus competencias».

Con respecto al delito de malversación de caudales públicos que se le imputaba, apunta que, de acuerdo a la prueba practicada en la vista oral, «no es posible deducir de modo terminante y sin atisbo de duda» su «participación» en la desaparición de la colección, que «no ha sido localizada en ninguna de las dependencias del ayuntamiento de Carboneras, ni figura en el inventario de bienes de la corporación local».

Hace referencia en este punto a la declaración de Josefa Cruz, quien aseguró que «las láminas quedaron depositadas en el archivo del Ayuntamiento cuando tuvo lugar el cambio de gobierno», lo que fue «respaldado» por la testifical del exalcalde según subraya, al tiempo que relata que el denunciante, el también exregidor Salvador Hernández refirió resultaron «infructuosas las gestiones realizadas para la averiguación de su destino o ubicación», que «ningún miembro del personal del Ayuntamiento manifestaba haberlas visto», y que además «no figuraban ni tan siquiera incluidas en la relación de bienes materiales del Ayuntamiento».

No obstante, se centra en una documental; en concreto en una copia compulsada de un certificado del ex secretario interventor de julio de 2011 que reza que «la colección se encontraba en el archivo municipal y, en consecuencia, que Josefa Cruz no era depositaria ni tenía respecto a las mismas obligación alguna de custodia».

«En modo alguno puede inferirse que la pérdida o extravío resulte atribuible a la acusada, ni existe prueba alguna que acredite que la misma se hubiera apoderado de las láminas, sobre todo, teniendo en cuenta además lo manifestado el exsecretario en cuanto a que en varias ocasiones y después de ausentarse momentáneamente para desayunar con el compañero que guardaba las llaves, se encontraban al regresar que la puerta del archivo estaba abierta, por lo que personas no autorizadas y cuya identidad no consta tenían acceso a su interior», finaliza.

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