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Lubrín

La Audiencia Provincial ordena reabrir la causa contra el alcalde de Lubrín por las obras contratadas en 2020

Trata de dilucidar si el expediente había sido alterado deliberadamente para intentar dar «apariencia legal» a la paralización de los trabajos por parte del Consistorio

Europa Press

Almería

Martes, 3 de junio 2025, 14:11

La Audiencia Provincial de Almería ha ordenado la reapertura de la investigación judicial contra el alcalde de Lubrín (PSOE), Domingo Ramos, para aclarar la suspensión y posterior licitación a otra empresa de unas obras en el municipio a finales de diciembre de 2020 mediante la práctica de nuevas pruebas que se ordenaron y no llegaron a efectuarse a fin de determinar meridianamente la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa y falsedad documental.

En un auto dictado el pasado 28 de mayo, consultado por Europa Press, la Sección Tercera estima el recurso de apelación interpuesto por la empresa mercantil que denunció inicialmente los hechos y ordena revocar el auto por el que se dictó el sobreseimiento provisional de las actuaciones, a fin de recopilar informes y expedientes que se tornan «necesarios para el esclarecimiento de los hechos».

La investigación surgió a raíz de la querella efectuada por la mercantil afectada, a la que a finales de noviembre de 2020 se le encargaron obras de pavimentación de varias calles del municipio que, a su vez, fueron subcontratadas a otra mercantil, y que se vieron interrumpidas por orden de Alcaldía tras los días festivos de Navidad una vez iban a ser retomadas por los trabajadores al haber sido encargadas a otra empresa para que las finalizara.

En este sentido, la causa trataba de dilucidar si el expediente articulado para la contratación de la finalización de obra había sido alterado deliberadamente mediante la manipulación de informes para intentar dar «apariencia legal» a la paralización de las obras por parte del Consistorio.

Si bien el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vera archivó las actuaciones tras tomar declaración al primer edil y a varios empresarios, la Audiencia estima el recurso de la empresa afectada al señalar que, casi tres meses antes del archivo, se dispuso por otro tribunal la práctica de nuevas pruebas que no llegaron a realizarse.

En concreto, ordena que se proceda a recabar los expendientes relacionados con las obras tanto del Ayuntamiento de Lubrín como de la Diputación de Almería, así como los informes y certificaciones de los respectivos órganos administrativos, para poder después resolver si existen indicios de delito y continuar con la causa o decretar su sobreseimiento.

El tribunal recalca que desde la Audiencia ya se advirtió tres meses antes del archivo que resultaba «razonable y conveniente» acceder a estos expedientes, informes y certificaciones para decidir si había que dirigir el procedimiento penal contra los posibles responsables de los mismos una vez identificados.

En un primer momento, el juez había rechazado que se hubiera podido producir un delito de prevaricación a partir de la resolución municipal que ordenaba la paralización de los trabajos en la vía pública junto con el escrito del primer edil en el que solicitaba a la Diputación de Almería que autorizara al Consistorio a finalización de los mismos con recursos propios.

El instructor tampoco advertía inicialmente la comisión de un delito de falsedad en base a los expedientes e informes derivados de la paralización de las obras por parte del Consistorio antes de que fueran encargadas a otra mercantil al aceptarse, en base a los documentos y declaraciones aportadas, que existen «registros independientes» y «no consecutivos» en la numeración de los archivos, sin que ello suponga una manipulación de los mismos.

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