Condenan al Ayuntamiento de Mojácar a pagar 795.000 euros por la expropiación de una parcela

La sentencia recoge que el Ayuntamiento no ha cumplido su obligación de pagar el justiprecio fijado por este suelo en el plazo legal de seis meses

Europa Press

Almería

Jueves, 7 de agosto 2025, 13:55

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Almería ha obligado al Ayuntamiento de Mojácar a pagar 795.026 euros como compensación por la expropiación forzosa de una parcela de 2.204 metros cuadrados, calificada como sistema general de espacios libres en el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) del municipio.

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La sentencia, consultada por Europa Press, estima parcialmente la demanda interpuesta por cinco miembros de la familia propietaria de la finca situada en el paraje de Cueva Morales.

La expropiación se dio por iniciada por ministerio de la ley en aplicación del artículo 140 de la LOUA, después de que los afectados solicitaran en 2017 que se actuara sobre un suelo que, pese a estar previsto como dotacional desde 2009, no había sido adquirido por el Consistorio.

El justiprecio fue fijado por la Comisión Provincial de Valoraciones en marzo de 2024 y alcanzó los 795.026 euros, sin que el Ayuntamiento haya cumplido su obligación de pagar en el plazo legal de seis meses. La jueza concluye que ha existido inactividad administrativa y que no consta que se hayan iniciado trámites presupuestarios para cumplir con el pago, pese a los requerimientos presentados en junio y diciembre de 2024.

El Ayuntamiento alegó que no dispone de consignación presupuestaria suficiente para hacer frente al pago y que realizaba gestiones internas, pero la resolución judicial descarta este argumento al no haberse aportado ninguna prueba documental que lo respalde. Además, recuerda que la falta de crédito no exime del cumplimiento de una obligación legal.

El fallo ordena al Ayuntamiento a ejecutar en sus «propios términos» el acuerdo de valoración, abonar la cantidad establecida como justiprecio, así como los intereses legales desde el 13 de septiembre de 2024 y los intereses de demora desde el 5 de abril de 2023, fecha en la que se presentó la hoja de aprecio.

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Aclaración municipal

Desde el Ayuntamiento de Mojácar han ofrecido una aclaración a la sentencia y han afirmado que la expropiación fue una «decisión urbanística del PSOE en 1987, que dejó sin compensación a los propietarios del terreno»

«Los hechos que hoy desembocan en esta condena judicial no se originan en la gestión del actual equipo de gobierno, sino que se remontan al año 1987, cuando el Partido Socialista gobernaba en Mojácar y se aprobaron las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbano», ha detallado en una nota.

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Dicho instrumento urbanístico, ha apuntado, clasificó la parcela como «espacio libre», una calificación que, según la legislación vigente entonces y ahora, exige la inmediata expropiación y el pago de una indemnización a los propietarios del suelo afectado. Sin embargo, «esta obligación no se cumplió por parte del gobierno municipal de aquel momento».

El actual alcalde de Mojácar, Francisco García, ha declarado que «en el momento en el que se hacen las normas subsidiarias en el año 87, ese suelo se declara como espacio libre, que es donde se instalan las antenas de telefonía. En ese momento, se le tenía que haber indemnizado a los propietarios del terreno con el precio que se estipulaba entonces, expropiándolo debidamente».

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