La Junta acusa a Carboneras de «prácticas dilatorias» para impedir la protección de El Algarrobico
El TSJA ha vuelto a advertir de multas al alcalde si en cinco días no explica por qué no ha depositado y publicado el planeamiento corregido
Europa Press
Almería
Martes, 16 de septiembre 2025, 11:20
La Junta de Andalucía ha reclamado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordene al Ayuntamiento de Carboneras que cumpla con la sentencia que le obliga a declarar no urbanizable los suelos del paraje de El Algarrobico, donde se ubica el hotel de Azata del Sol, ante las «prácticas dilatorias» con las que solamente «retrasa» y «dilata» el mandato judicial, entre ellas, el pleno del pasado 31 de julio en el que se aprobó la modificación del planeamiento con los votos del alcalde, Salvador Hernández (Cs), los concejales del PP y uno del PSOE.
En un escrito dirigido a la Sala, al que ha tenido acceso Europa Press, la representación legal de la Junta pone en conocimiento del tribunal un oficio realizado por la Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo del 30 de julio -un día antes de que se celebrara la sesión plenaria para la modificación del PGOU- en el que se hacen constar estas «prácticas dilatorias».
Para la Junta, la celebración de ese pleno supone «otra actuación más del Ayuntamiento de Carboneras que retrasa el cumplimiento de la sentencia», puesto que la resolución judicial, según recalcan, no obliga al Consistorio a aprobar ninguna modificación de su plan general para dar cumplimiento al fallo sino que únicamente, según sostienen, debía limitarse a «hacer figurar en el PGOU la clasificación de los terrenos como no urbanizables».
Así, recuerda que el TSJA ya expuso en su auto del 1 de marzo de 2024 que, para ejecutar la sentencia que le obliga a devolver la protección de los sectores ST-1 y ST-2 correspondientes a El Algarrobico y El Canillar, el Ayuntamiento «no tiene por qué proceder a aprobar definitivamente la modificación» del PGOU.
«Ninguna actuación ha de realizar la ejecutada que trascienda de lo que meramente consiste en hacer figurar en el PGOU la clasificación de los terrenos» sin necesidad de «anular y eliminar» ninguna «clasificación urbanística», expone en un oficio elaborado 'ad hoc' el director general de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.
Con ello, desde la Junta de Andalucía se insiste en la providencia que la Sala de lo Contencioso-administrativo de Granada dictó el pasado 27 de mayo en la que volvía a reclamar al Ayuntamiento de Carboneras que procediera al «depósito» y «publicación» de la normativa urbanística ya corregida, para lo que le daba un mes de plazo.
El informe de la Junta incide así en la «inobservancia» del Ayuntamiento a las «reiteradas resoluciones judiciales» por las que se le insta a declarar no urbanizable El Algarrobico así como su «posible dilación municipal para llevar a puro y debido efecto el cumplimiento de la sentencia».
Cabe recordar al respecto que el TSJA ha otorgado diez días a la Junta de Andalucía, a la mercantil Azata del Sol y a las organizaciones ecologistas para que formulen alegaciones a la modificación del PGOU aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Carboneras, así como a los acuerdos suscritos por el órgano municipal, que remitió los acuerdos al alto tribunal andaluz a comienzos de este mes.
A la espera desde abril
En una nueva providencia dictada este mismo lunes, el tribunal ha acordado otorgar al alcalde de Carboneras, Salvador Hernández (CS), cinco días para que «manifieste lo que tenga por conveniente» a la hora de explicar por qué aún no se ha depositado y publicado en boletín oficial la normativa urbanística corregida después de que el pasado mes de marzo se le conciera el plazo de un mes a tal efecto.
La ponente María del Mar Jiménez Morera reconoce el «exceso de plazo concedido» al primer edil Carbonero y ordena que se le comunique de forma «personal» a Hernández esta situación bajo nueva amenaza de aplicarle a su cargo «una multa coercitiva y su reiteración hasta el exacto y pleno cumplimiento de lo ordenado».
En el mismo documento, la magistrada señala que estas medidas se podrán efectuar si no cumple con el oficio remitido al respecto sin perjuicio, además, que se de cuenta al Ministerio Fiscal «por si los hechos fuesen constitutivos de delito».
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.