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Níjar pagará 8,7 millones para indemnizar el macroresidencial fallido de La Fabriquilla

Níjar pagará 8,7 millones para indemnizar el macroresidencial fallido de La Fabriquilla

El Consistorio abonará la factura con un préstamo aprobado por la Corporación y que se saldará con dinero del Fondo de Impulso Económico

Europa Press

Níjar

Jueves, 9 de marzo 2023, 15:00

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La alcaldesa de Níjar (Almería), Esperanza Pérez, ha indicado este jueves que el ayuntamiento va a consignar judicialmente los más de 8,7 millones de euros para indemnizar a los propietarios de La Fabriquilla por la pérdida de su derecho a urbanizar y construir un residencial de unas 150 viviendas por enclavarse en el parque natural de Cabo de Gata.

Ha advertido, no obstante, de que «seguirán haciendo alegaciones» en el incidente planteado por el consistorio para que se «clarifique» quiénes «son propietarios realmente» y quiénes, por tanto, «pueden tener acceso» al dinero público consignado.

«Vamos a seguir haciendo alegaciones en el incidente judicial que hemos planteado para que se hagan las cosas conforme a la legalidad y en defensa de los intereses del Ayuntamiento, que como la Junta de Andalucía, también es propietario», ha indicado.

El pleno ha aprobado en la sesión ordinaria de este jueves formalizar la adhesión al Fondo de Impulso Económico para afrontar el pago en ejecución de sentencia tras la concesión del préstamo el pasado mes de febrero, así como la modificación de créditos por importe de 8.797.029,93 euros «ante la necesidad de hacer este gasto, que no puede demorarse al ejercicio económico siguiente», y por «no existir crédito suficiente en el presente ejercicio».

En el debate de ambos puntos, la alcaldesa ha indicado que, a lo largo del procedimiento, se han sumado a los cuatro propietarios «iniciales» un total de «17» más y ha revelado que «parece que aparecerán otros diez», por lo que el Ayuntamiento ha optado por presentar un «incidente de propiedad» en el que «seguirá haciendo alegaciones hasta que se clarifique quiénes son».

«Quien quiera acceder a la consignación que se va a hacer por parte del Ayuntamiento, deberá acreditar la propiedad y, si no, recurriremos», ha advertido Pérez, quien ha remarcado que solo «el que tenga la propiedad va a cobrar» al tiempo que ha aludido a la existencia «de dobles inmatriculaciones» entre las fincas afectadas cuya resolución podría demorarse «hasta 14 años».

La regidora nijareña ha insistido en que el ayuntamiento es «parte» y que, por lo tanto, «se defenderan los derechos que haya». «Si para eso hay que estar recurriendo, recurriremos», ha concluido. Ambos puntos se han aprobado con los once votos a favor del PSOE, la abstención de los cinco ediles de PP y Podemos, y los votos en contra de los dos concejales de Vox.

El Consistorio ya consignó un 10 por ciento del importe de la indemnización, en concreto 870.000 euros con «fondos propios» municipales para «frenar» la generación de intereses, y presentó un plan de pagos al que dio el visto bueno el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

ASUMIR EL PAGO CON FONDOS MUNICIPALES, «UN RIESGO»

Los informes técnicos municipales advirtieron de que asumir el pago de los 8,7 millones de euros sin recurrir al Fondo de Impulso Económico «pondría en riego» el funcionamiento «en el día a día» de la administración local nijareña.

La tasación pericial hecha al terreno de la que se deduce el valor del suelo en situación real estableció que la cantidad a indemnizar es de 8.797.029,93 euros y entiende que esa cantidad hace que se considere «resarcido el perjuicio a los propietarios, incluidos conceptos como daño moral».

La resolución que el Ayuntamiento ha tratado de apelar sin éxito ejecuta una sentencia de 1997 del Supremo que obligó a catalogar como suelo urbanizable los terrenos en la normativa municipal después de que se reconociera «la imposibilidad» de desarrollar el proyecto.

Esa «imposibilidad» deriva, tal y como recordaba el auto, de que en 2008, el Ayuntamiento de Níjar tuviese que denegar la aprobación del Plan Parcial, ya que la Junta andaluza acababa de aprobar el nuevo plan de ordenación del parque natural de Cabo de Gata, actualmente en vigor, en el que se incluía La Fabriquilla como zona «sujeta a protección y regulación especial por su diversidad biológica y paisajística».

En la ejecutoria se remarca que la indemnización deriva de un «cambio de planeamiento» derivado de un acto unilateral de la administración, en alusión al cambio de uso de suelo, y se recoge que, cuando se declaró la imposibilidad legal de ejecutar sentencia, se estableció que el Ayuntamiento «era el responsable de la imposibilidad de la plena ejecución de la sentencia al haber mostrado una actuación obstruccionista o impeditiva del desarrollo urbanístico del suelo».

El consistorio ha sostenido al respecto que la responsabilidad patrimonial también es de la Junta y remarcaba que la solicitud de suspensión de las licencias en 1993 que dio lugar al fallo indeminizatorio «se llevó a cabo a instancia de la Comisión Provincial de Urbanismo».

Añadía así que el «otorgamiento de unas licencias para edificar y urbanizar que son anuladas por una sentencia que califica los terrenos como no urbanizables», era un hecho «que nada tiene que ver con la actuación de esta administración» al tiempo que estimaba preconcluído «exceso de plazo» la facultad de los propietarios para solicitar «una posible indemnización en este aspecto».

Del mismo modo subrayaba que, cuando se aplicó la normativa andaluza del parque natural Cabo de Gata de 2008, el sector de la Fabriquilla «no contaba con el preceptivo plan parcial aprobado y se había superado el plazo máximo previsto en el planeamiento general». «Existe negligencia en los promotores y el defecto de falta de aprobación solo cabe atribuírsele a ellos porque adolecía de defectos que lo impedían», finalizaba.

SUELO «APTO PARA URBANIZAR» EN PARQUE NATURAL

Por su parte, el TSJA concluía, sin embargo, que los terrenos «no solo debieron clasificarse como suelo apto para urbanizar, sino que estuvieron previstas las condiciones para su desarrollo hasta el punto de aprobarse inicialmente el Plan Parcial de ordenación del sector en febrero de 2028, denegándose su aprobación provisional en junio por la entrada en vigor» de la nueva norma ambiental en Cabo de Gata-Níjar.

«No es suficiente para imputar a los titulares de los terrenos la inejecución del planeamiento por defectos relativos al abastecimiento o depuración de aguas o suministro de energía, que no impidieron --subrayaba-- la aprobación inicial del Plan Parcial, teniendo una indudable trascendencia casual las vicisitudes de los procedimientos e incidentes tramitados en relación a los terrenos y ejecución de lo ordenado».

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