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Carboneras ya es oficialmente ‘municipio de gran afluencia turística’ por lo que los establecimientos tendrán libertad horaria en verano y Semana Santa

La resolución del 21 de diciembre de 2012, de la Dirección General de comercio, hace pública la declaración del término municipal de Carboneras (Almería) como zona de gran afluencia turística, a los efectos de horarios comerciales. Por lo tanto, Carboneras ya es oficialmente Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT), lo que permitirá que los comercios del municipio tengan libertar de horario durante los periodos de Semana Santa y verano (del 1 de junio al 15 de septiembre, ambas fechas incluidas).

Jennifer Simón Carrión

Martes, 10 de mayo 2016, 08:39

 

La concejal de Turismo del Ayuntamiento de Carboneras, Beatriz Ridao, ha asegurado que "el Equipo de Gobierno al completo está muy orgulloso de la decisión adoptada por el Consejo Andaluz de Comercio", órgano que integran organizaciones empresariales, sindicatos y consumidores. En este sentido, además, incide en que estas resoluciones se han hecho apoyándose en unos criterios "objetivos y no discriminatorios entre diferentes formatos comerciales que harán que todos los vecinos de Carboneras salgan beneficiados".

Además, Ridao ha destacado que esta declaración podría contribuir a obtener "una gran afluencia" de consumidores a los establecimientos comerciales del municipio coincidiendo con el elevado número de personas que visitan la ciudad y el entorno durante la temporada estival. De esta forma, "se potenciará la actividad económica y la generación de empleo, permitiendo optimizar las oportunidades de negocio del comercio local y mejorar la atención a la demanda tanto residente como visitantes de Carboneras", asegura.

Criterios aplicados para declaración de ZGAT

Se consideran Zonas de Gran Afluencia Turística cuando en el municipio, entre otras circunstancias, se celebren grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional, o en temporadas de veraneo y fiestas señaladas.

Para la determinación de las ZGAT se han utilizado los criterios del Real Decreto-Ley 20/2012 del Gobierno central, es decir, que hayan sido declaradas Patrimonio de la Humanidad o que sean zonas próximas a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos o registren una afluencia significativa de visitantes. Además, para la delimitación temporal, se han considerado los criterios de ocupación y pernoctaciones hoteleras y en viviendas de particulares en régimen de alquiler en cada ciudad.

La declaración sólo afecta a los establecimientos que actualmente no tengan libertad horaria, ya que, una vez reconocida como tal, estos comercios podrán abrir sin limitación alguna durante los periodos establecidos.

Con esta decisión, ya son 30 localidades las que cuentan con este reconocimiento en Andalucía, puesto que esta figura está recogida en la Ley de Comercio Interior autonómica. Además, esta normativa fija un régimen de libertad horaria para los locales de menos de 300 metros cuadrados, tiendas de conveniencia y establecimientos de estaciones y aeropuertos, entre otros.

Anuncio de la Consejería de Turismo:

De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por orden de la consejería de Turismo y comercio de fecha 11 de diciembre de 2012, se declara al término municipal de carboneras (Almería) zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, teniendo los establecimientos ubicados en el municipio libertad horaria durante los siguientes períodos:

a) semana santa, comprendiendo desde el Domingo de Ramos al sábado santo, ambos incluidos, de los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

b) Del 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2013, 2014, 2015 y 2016.

 

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