El Supremo ordena repetir el juicio contra el triple homicida de Palomares
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra el fallo del TSJA que ordena la repetición del juicio del empresario J.A.Z.G., de 42 años, acusado de asesinato y luego absuelto, después de que en julio del 2011 matara a tiros a tres miembros de una familia de etnia gitana.
EFE
Martes, 10 de mayo 2016, 09:20
El Alto Tribunal ha dictado una sentencia en la que afirma que no se dan ninguno de los motivos de casación relacionados por el letrado del acusado, entre ellos el quebrantamiento de forma, falta de claridad en los hechos probados, falta de claridad en la consignación de hechos, infracción de ley y por error en la valoración de la prueba.
El TS considera que no se da ninguno de los motivos, por lo que ha desestimado el recurso de casación y valida así el fallo del TSJA en todos sus términos.
El abogado del procesado, Ernesto Osuna, anunció el pasado 5 de diciembre que presentaría este recurso y afirmó que la sentencia del TSJA era "más positiva que negativa" aunque ha apuntado que "aunque estima sólo de forma parcial uno de los motivos, el de que quebrantamiento de forma, entra a valorar la prueba de forma diferente a como lo hizo el tribunal del jurado y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se ha pronunciado contra esta práctica repetidamente de forma reciente".
Osuna indicó que el TSJA ratifica que la legítima defensa fue "correcta" en el caso de los dos varones fallecidos, y que la eximente en el caso de la mujer es "como mínimo incompleta", pero sin entrar "en la motivación ni pronunciarse en un sentido o en otro, sino que únicamente duda en la motivación y exige que se motive con mayor profundidad".
En este sentido, el abogado dijo que éste puede ser un caso "similar el de 'los Pertolos' -un clan de etnia gitana de Almería-, en el que el TSJA revocó parcialmente la sentencia y luego el Tribunal Supremo volvió a confirmarla" por valorar la prueba de forma diferente; "pienso que estamos ante un caso muy similar" dijo entonces Osuna.
Al no estimar el TS el recurso de la defensa de J.A.Z.G., la Audiencia de Almería tendrá que repetir el juicio, según el fallo de apelación del TSJA, pero sólo "sobre la acusación de asesinato del que fue víctima F.S.F.", madre y esposa de las otras dos víctimas, ya que la sentencia absolvió a J.A.Z.G. al considerar que actuó en legítima defensa en el caso de las muertes de los dos hombres, padre e hijo, y por trastorno mental transitorio en el caso de la mujer.
Los hechos ocurrieron el 26 de julio de 2011 en la barriada de Palomares de Cuevas de Almanzora (Almería) cuando el acusado, harto de la situación de acoso que estaba sufriendo, disparó a las víctimas con una escopeta después de haber sido atacado por los dos hombres cuando estaba en el interior de su vehículo y uno de ellos le amputó la nariz de un mordisco, mientras el otro trataba de estrangularlo.
Cuando logró liberarse cogió la escopeta que llevaba en el interior del vehículo y disparó contra los atacantes matando a J.S., de 46 años; a su hijo C.S.S., de 25, y segundos después a F.S.F., que se acercó al lugar para auxiliarles.
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