Condenan a Correos en Mojácar por vulnerar el derecho a la libertad sindical
Después de que tres representantes de UGT fuesen increpados cuando ejercían su labor informativa
efe
Martes, 13 de diciembre 2016, 13:13
El Juzgado de lo Social número 4 de Almería ha condenado a Correos y Telégrafos y al jefe de la Unidad de Correos en Mojácar (Almería) por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical, después de que tres representantes de UGT fuesen increpados cuando ejercían su labor informativa.
Los hechos tuvieron lugar el pasado 20 de julio cuando estos sindicalistas acudieron a la Unidad de Correos de Mojácar para proporcionar información sobre el proceso de consolidación de empleo en la Sociedad de Correos y Telégrafos a los trabajadores y trabajadoras eventuales, ha informado UGT en una nota.
Según apunta el sindicato, fue entonces cuando "el jefe de la Unidad los increpó y gritó", por lo que los miembros de UGT desistieron de la labor informativa que los había llevado a este municipio.
UGT puso en conocimiento de la jefatura de relaciones laborales de la zona VI lo ocurrido, pero "la empresa tras remitir al demandado un pliego de preguntas sobre los hechos y después de recibir la respuesta del codemandado, no llevó a cabo ninguna actuación".
Por ello, el pasado octubre María Victoria Saez Lara, representante de UGT y miembro del Comité de Empresa de Correos en Almería y UGT, interpuso una demanda ante los tribunales.
Entre los fundamentos de derecho, la sentencia recoge que los hechos se pueden entender que "constituyen una actitud de perturbación por parte del demandado de la actividad sindical de la actora en representación de su sindicato pues provocó que no pudiera cumplirse con a finalidad para la que había venido estos representantes al centro de trabajo".
Así mismo, la sentencia entiende que la actitud de la empresa es "permisiva, al no llevar a cabo ninguna actuación más para confrontar la declaración del demandado y poder tener un conocimiento cabal de los hechos y de poder adoptar la decisión adecuada".
Por ello, considera a Correos responsable también de la vulneración de derechos fundamentales provocada por el trabajador demandado.
Además de la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical, se reconoce la existencia de un daño moral que "se deriva de desacreditar al sindicato de manera pública ante los trabajadores de la empresa, afectando y condicionando a demás el ejercicio de la actividad relacionada con el sindicato".
A este respecto, se condena a la partes a abonar la cantidad de 3.000 euros en concepto de indemnización.
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