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Foto de archivo del Pleno de Carboneras. R. I.
La pelota, en el tejado de Carboneras: sólo el propio Ayuntamiento puede revisar la licencia de El Algarrobico
Carboneras

La pelota, en el tejado de Carboneras: sólo el propio Ayuntamiento puede revisar la licencia de El Algarrobico

La Junta se muestra tajante y asevera que el papel del tribunal queda acotado a adoptar «todas las medidas legales hasta la plena ejecución de lo resuelto»

E. P.

Almería

Miércoles, 12 de febrero 2025, 14:06

La Junta de Andalucía ha remitido un escrito al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que señala que solo el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) podría tramitar la revisión de oficio de la licencia municipal de obras del hotel situado en el paraje de El Algarrobico sin que exista la posibilidad de que el propio tribunal actúe de oficio en caso de inejecución municipal.

La Administración autonómica traslada en sus alegaciones que debe ser el Ayuntamiento de Carboneras el que lleve a cabo la revisión de oficio de la licencia de obras que se concedió en 2003 para edificar el polémico hotel sin que observe la posibilidad, tal y como interesó subsidiariamente la constructora Azata del Sol en su petición de finales de 2024, de que sea el TSJA el ejecute la sentencia y revise el expediente.

En su escrito, consultado por Europa Press, la representación letrada de la Junta apunta al «principio de identidad» para señalar que, en este caso y conforme a la sentencia del propio TSJA, fue al Ayuntamiento de Carboneras al que se le impuso la «obligación de admitir y tramitar el procedimiento administrativo» para la revisión de oficio de la licencia de obras ante la «posible existencia de nulidad» de la misma.

A tenor literal de tal pronunciamiento judicial, la Junta se muestra tajante y asevera que el papel del tribunal queda acotado a adoptar «todas las medidas legales hasta la plena ejecución de lo resuelto», esto es -según abunda- que «el Ayuntamiento de Carboneras admita y tramite ese procedimiento».

De este modo, desde la Junta de Andalucía se descartaría una de las vías propuestas por Azata para llevar a cabo la revisión de oficio de la licencia del hotel, es decir, que el tribunal ejecute dicho procedimiento; un aspecto que, de otro lado, ha sido apoyado desde el sector ecologista a fin de que el TSJA sea el que ejecute la sentencia y tramite el expediente.

La vía judicial para la ejecución subsidiaria de la revisión de la licencia es observada desde el sector conservacionista como una opción más ágil y certera ante el inmovilismo que, a juicio de los ecologistas, ha mostrado el Ayuntamiento de Carboneras en los asuntos relacionados con el hotel, entre ellos, la declaración efectiva como suelo «no urbanizable» de los terrenos en los que se asienta el edificio.

Este último aspecto ha despertado ciertos recelos entre los detractores del edificio ante la posibilidad de que la licencia pueda no ser declarada nula por parte del Ayuntamiento en el momento de su revisión si no existe una declaración previa sobre la reposición de los suelos a su estado original.

La promotora interesaba a finales de año que se llevara a cabo lo acordado en la providencia que se dictó hace ya más de un año, en concreto, el 9 de febrero de 204, cuando se dio 30 días al entonces primer edil carbonero Felipe Cayuela para iniciar el expediente para la revisión de oficio de la licencia.

El objetivo es que se dé cumplimiento a la sentencia firme en la que se señala que la licencia presenta «vicios de nulidad», de modo que su anulación sería el paso necesario para acometer la demolición del inmueble y «devolver a su estado originario» el paraje, «que debió mantenerse inalterable», según concluyó el Tribunal Supremo (TS).

Indemnizaciones

Desde Azata también se solicitó en su petición que se tuvieran en cuenta las indemnizaciones que le pudiera corresponder ante una eventual resolución por parte del TSJA que anulara la licencia de obras en base a determinados artículos de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ante ello, la Junta esgrime fundamentalmente dos razones por los que considera que no debe resolverse la responsabilidad patrimonial, ya que, por un lado apuntan a que este aspecto «no se incluye en el fallo de la sentencia» a la que se pretende dar ejecución; y otro lado, la responsabilidad patrimonial respondería a un «procedimiento diferente».

La licencia de obras para edificar el hotel en el paraje de El Algarrobico fue otorgada el 20 de enero de 2003 por la junta de gobierno del Ayuntamiento de Carboneras, que actuó por delegación del alcalde, a quién era el que tenía atribuida la competencia.

La mercantil impulsó la revisión de la licencia después de que la Sala de lo Contencioso-administrativo demandara en una providencia del pasado 11 de diciembre las actuaciones concretas encaminadas a la ejecución de sentencia una vez que se rechazó la petición de Greenpeace para suspender la ejecución de esta actuación hasta que Carboneras reflejara de forma efectiva en su PGOU que los terrenos son «no urbanizables».

Ecologistas en Acción ve «un brindis al sol» la expropiación del Algarrobico y aboga por cumplir las sentencias

Ecologistas en Acción ha señalado que la acción del Gobierno central para efectuar la expropiación de los suelos en la zona de servidumbre del dominio público marítimo-terrestre del paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería) invadidos por el hotel de Azata del Sol supone un «brindis al sol» al considerar que «lo que solucionaría» la situación sería que «se cumpliesen las sentencias» judiciales contrarias al inmueble.

Si bien el colectivo ha valorado la «implicación» del Gobierno central, estima que la demolición del edificio pasaría por hacer cumplir los fallos judiciales que obligan, por un lado, a revisar la licencia de obras que se concedió para edificar el inmueble en 2003, y por otro lado, la modificar de forma efectiva el plan general de ordenación urbana (PGOU) para declarar el suelo como «no urbanizable» conforme a la adaptación al plan de ordenación de recursos naturales (PORN) del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

«Desde Ecologistas en Acción se valora positivamente que el Gobierno central quiera implicarse en la resolución del caso, pero lo importante es que los terrenos del Algarrobico sean clasificados como no urbanizables en el PGOU de Carboneras y que la licencia de obras del hotel El Algarrobico, en consecuencia, sea revisada», han insistido en una nota.

Para ello, han apelado a la «cooperación» de Gobierno central, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Carboneras, al que han vuelto a apremiar para que acate las resoluciones dictadas por el TSJA encaminadas a hacer desaparecer el hotel.

«Que el Ayuntamiento de Carboneras, cumpla la sentencia y revise la licencia de obras, no parece difícil para el partido del Gobierno dado que el PSOE tiene mayoría en dicho ayuntamiento», han observado antes de afirmar que la Junta de Andalucía también tienen en sus manos parte de la solución, al achacarle la propiedad de los terrenos.

En este sentido, la organización entiende que los suelos en los que se levanta el hotel «pertenecen a la Junta de Andalucía» después de que esta ejerciese su derecho de retracto« y depositase más de 2,2 millones de euros para que la empresa Azata del Sol le entregase los terrenos.

«En base al interés público carece de sentido que una administración pública, el Gobierno Central, expropie a otra administración pública, la Junta de Andalucía», ha considerado ante la acción anunciada el pasado lunes por la ministra de Hacienda y vicepresidenta, María Jesús Montero.

Junto con Salvemos Mojácar, la organización pidió la revisión de oficio de la licencia en 2005 «en base a que no se respetaba el PORN ni la Ley de Costas». La revisión de la licencia también fue pedida con posterioridad por Greenpeace, lo que dio lugar a una sentencia firme en 2022 que obligaba al Ayuntamiento de Carboneras a realizar este trámite, aunque la ejecución de dicha sentencia aún se debate en los tribunales.

Igualmente los ecologistas demandaron la modificación del PGOU de Carboneras para adaptarlo a las determinaciones del PORN del Parque Natural de Cabo de Gata, normativa de rango superior al PGOU. «Igualmente existe sentencia del TSJA de 2016, ratificada por el Tribunal Supremo, obligando a la modificación del PGOU. Estas sentencias tampoco se han cumplido a día de hoy», han lamentado.

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