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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Vera ha acordado el «sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo» de la causa contra el delegado territorial de Salud y Familias en Almería, Juan de la Cruz Belmonte, por unos hechos relativos a cuando era teniente de alcalde en el Ayuntamiento de Vera por presuntos delitos de administración desleal y delito societario.
El auto al que ha tenido acceso IDEAL, con fecha de 25 de febrero de 2019, también archiva la causa contra el exalcalde de Vera José Carmelo Jorge Blanco, Mariano Estrecha y Juan Martín.
En el mismo se indica que el 8 de noviembre de 2016 la empresa mixta municipal Codeur -constituida en un 51% por el Ayuntamiento de Vera como socio mayoritario y en un 48% por la entidad Key Lanzarote, además de un 0,5% por Gabriel Sánchez y otro 0,5% por Diego Gómez, como socios minoritarios- presentó una querella por presunto delito de administración desleal y delito societario contra los anteriormente citados.
Los hechos objetos de la querella, explicados por el Ministerio Público, se refieren a la «contratación de venta y suministro de agua regenerada a las entidades Naranjas Jiménez SL y Valle del Este Hotel Golf SPA SLU, sin la correspondiente autorización ni control administrativos por parte de la Junta de Andalucía y sin someter dicha contratación a la junta general de accionistas ni al consejo de administración».
Según el auto, aunque pudiera constituir una irregularidad administrativa, «no se aprecian de las diligencias practicadas indicios delictivos, habida cuenta de que conforme a los tipos penales invocados no se aprecia que haya existido ni un perjuicio directo, económicamente evaluable, ni tampoco se ha acreditado que por parte del gerente, D. Juan Martín, que fue quien negoció y firmó la contratación con las anteriores entidades, existiera un especial ánimo de beneficio o propio o de tercero».
Además, continua el Ministerio Público, parece haberse acreditado que «las obras necesarias para llevar a efecto dicho suministro de agua a las entidades mencionadas fueron asumidas y costeadas por estas últimas, y en parte por los fondos del plan especial, sin que ello supusiera ningún coste para la querellante, y sin que se haya probado que tales entidades hayan formulado reclamación alguna a Codeur».
El delegado de Salud y Familias en Almería, Juan de la Cruz Belmonte, comentó a este periódico que está «muy tranquilo» de su actuación en el Ayuntamiento de Vera y en Codeur.
Tal y como declaró ante los medios cuando el PSOE pidió explicaciones por su nombramiento al estar investigado, el veratense aseguró ayer que su actuación «siempre ha ido encaminada a defender los intereses del municipio de Vera y de sus vecinos».
Juan de la Cruz Belmonte reconoció que todo el mundo se puede equivocar «pero siempre actuando dentro de la legalidad y la jueza ha estimado que nosotros actuamos bien y no hay causa penal para esta actuación».
«Yo creo que la justicia me ha dado la razón y no he cometido ningún tipo de ilegalidad penal. Todo esto se suscribe a una discrepancias en el funcionamiento de una empresa mixta municipal en la que un socio privado no ha obtenido los beneficios que pretendía sobre un bien público en el municipio de Vera como es el agua», detalló el delegado.
Para finalizar, Belmonte Mena agradeció al Partido Popular tanto a nivel provincial como autonómico y nacional la confianza mostrada en él. «El PP me ha apoyado y sabe quien es Juan de la Cruz, yo les expliqué la situación y ellos entendieron que las denuncias ante este tipo de actuaciones no tienen nada que ver con la corrupción».
Respecto a la contratación de un total de diez personas para llevar a cabo actuaciones de corrección de deficiencias de las obras ejecutadas del Plan Especial de Costas, aclara el Ministerio Público que, hasta el 1 de enero de 2013 el mantenimiento correspondía a Codeur y debía asumirlo posteriormente el Ayuntamiento de Vera, con independencia de que no se hubieran recepcionado a esa fecha las obras. Debe entenderse que las mismas habían de ser recepcionadas una vez se hubieran completado en su totalidad, algo que a día de hoy tampoco ha ocurrido.
Sobre la ejecución del depósito de agua, denominado 'El Hacho', la Fiscalía pone de manifiesto la insuficiencia y carencias que, «de cara al abastecimiento de agua, presentan los depósitos que hasta la fecha estaban situados en el paraje 'El Hacho', concluyéndose la necesidad de construir un nuevo depósito».
Por otro lado, sobre la realización de un total de 61 expedientes de obra en el año 2014, consistentes en la ejecución de que la parte querellante considera «obra nueva», y no sólo de reparaciones y mantenimiento de las infraestructuras ejecutadas, señala que «puede entenderse amparado» todo aquello que «pueda suponer una obra nueva en orden a cumplir las finalidades del convenio, sin que el carácter o no de obra nueva y su inclusión o no en el convenio, en su caso, sea una cuestión que deba dilucidarse en sede penal».
Mismo devenir tiene la deuda que reclama Codeur por el exceso de las obras de saneamiento del margen izquierdo del río Antas, efectuadas en virtud de contrato de fecha 11 de enero de 2013, «no tratándose esta cuestión de un asunto penalmente relevante, pues la adecuación o no al procedimiento legalmente establecido para la ejecución de dichas obras, o el exceso de coste de las mismas, no es materia a tratar en esta sede».
El auto concluye que en relación con el despido del gerente, Javier Lamas, ambas partes -empleadora y empleado- «convinieron en que el despido se declarase improcedente», obligándose la mercantil querellante a abonar la cantidad de 235.000 euros en concepto de indemnización legalmente establecida, «indemnización aceptada mutuamente por ambas partes».
Por todo ello, la jueza acordó el sobreseimiento de las actuaciones y su archivo, aunque advierte que se pueden interponer recurso de reforma y/o apelación.
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