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Exterior de la sede del TSJA en Granada. L. V. C.
Reducen a siete años la pena al hombre que mató a puñaladas a un compatriota en Garrucha en 2022

Reducen a siete años la pena al hombre que mató a puñaladas a un compatriota en Garrucha en 2022

El TSJA estima el recurso de la defensa del autor y añade atenuante de confesión, por lo que la pena pasa de nueve a siete años

E. P.

Almería

Jueves, 10 de abril 2025, 14:45

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reducido de nueve años y medio a siete años la pena de prisión por homicidio para B. N., quien mató de 15 puñaladas a un compatriota de 40 años en una calle de Garrucha tras mantener una discusión con él por desavenencias previas en el verano de 2022.

El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso de apelación de la defensa y señala la necesidad de introducir la atenuante de confesión, dado que el acusado narró de forma espontánea la autoría de los hechos ante la Policía Local antes de que el procedimiento se dirigiera contra él.

La Sala de Apelación mantiene la aplicación de la eximente incompleta de legítima defensa, puesto que aunque reconoce que utilizó un cuchillo para defenderse de un golpe que le propinó la víctima, considera que hubo una «desproporción» de fuerzas al emplear el arma blanca, de unos 20 centímetros de hoja.

En este sentido, va más allá y apunta que el acusado habría conseguido ya con sus primera cuchilladas reducir a su agresor, por lo que «la continuación en la agresión ha de calificarse, sin duda alguna, como excesiva y desproporcionada».

De otro lado, rechaza que el acusado se viera presa de un «miedo insuperable» no apreciado por el jurado. «El jurado aprecia un temor por su vida, que llevó a B. a defenderse, pero ninguna otra circunstancia adicional que abundara en un sentimiento de miedo incontrolado que pudiera justificar el exceso en la defensa», razona.

Además de la rebaja de la pena de prisión, el tribunal ha dejado sin efecto la medida de expulsión del territorio nacional que se le impuso al condenado al considerar que la sentencia de instancia no ofrecía suficiente motivación para esta decisión, aunque insta al magistrado-presidente, Luis Columna, a pronunciarse de nuevo sobre este extremo cuando la sentencia sea firme.

Conforme al veredicto, el acusado, nacido en Senegal y con antecedentes penales por delitos de conducir sin permiso y falsedad en documento público, mantenía una enemistad con la víctima, a quien conocía desde hacía tiempo y quien también se dedicaba a la venta ambulante.

Así, sobre las 14 horas del 7 de junio de 2022, la víctima acudió a la casa del acusado pedirle explicaciones ante ciertos problemas que habían tenido, de modo que en la puerta del mismo domicilio se inició una discusión entre ellos en la que la víctima «dio dos golpes en la espalada» al acusado.

De este modo y «con la intención de defenderse», el acusado que se dio la vuelta, y sacó un cuchillo que portaba oculto entre sus ropas de más de 20 centímetros de hoja. Ante ello, la víctima «le lanzó una patada» al acusado para que soltara el cuchillo, lo que «le hizo caer al suelo, dónde el acusado le propinó 15 cuchilladas en diferentes partes del cuerpo».

Las puñaladas le causaron graves heridas a la víctima, en especial una que penetró unos dice centímetros en la zona del esternón y que le ocasionó «la inmediata muerte» al afectar al corazón y el pulmón izquierdo.

Tras estos hechos, el acusado se fue a su domicilio pero volvió posteriormente al lugar donde se encontraba el fallecido, cuando ya había llegado la Policía Local. Fue ante los propios agentes ante quienes reconoció «de forma verbal» que era el autor material del crimen.

El acusado fue conducido ante la Guardia Civil, una vez ya detenido, y se acogió a su derecho a no declarar, al igual que hizo en su primera declaración en sede judicial. No obstante, dos meses después y en una nueva declaración en el juzgado, volvió a reconocer ser el autor material de la muerte.

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