De la ilegalidad del proceso del desahucio español
No sé si ustedes lo habían advertido, pero yo, que en el tema este de las ejecuciones hipotecarias ando muy revuelta, más que por ejercicio profesional porque mi propia sensibilidad me ha llevado a involucrarme con familias afectadas por este problema, he visto en los últimos meses constantes empujes, tanto sociales como legales, hacia lo que parecía que no podía ser. Pero ha sido.
Gloria Pérez de Colosia
Martes, 10 de mayo 2016, 08:49
Ya a todos nos parecía de una inconcebible injustica esto de que se echara a la gente de su casa por haber dejado de pagar un par de meses la hipoteca después de años y años pagando, y más aún esto tan enigmático de que cuando uno se quería comprar una casa el banco le tasaba el inmueble en cuestión en un estupendo valor, digamos 200.000?, valor que pasado el tiempo y llegado el impago, el propio banco no reconocía y junto a la demanda de ejecución le presentaba al juez una tasación mucho menor, digamos 100.000?. El banco se quedaba tan ancho y el juez aceptaba esta nueva tasación porque la ley hipotecaria española así lo permitía. Llegado el fin del procedimiento de desahucio, el afectado se queda sin casa y dado que el banco puede adjudicarse la vivienda hasta al 50% de esa segunda tasación, el afectado aún tendrá de por vida una deuda de, digamos, 150.000?.
Pues Señores, estábamos en lo cierto. Este es un proceso injusto y desequilibrado y a pesar de que algunos colectivos ya lo gritábamos desde hace tiempo, ha tenido que ser Europa quien venga a decirlo. Tras la consulta de un excelente magistrado de un juzgado de Barcelona, el Tribunal Europeo ha concluido que la ley española sobre desahucios es abusiva y no se ajusta a la normativa comunitaria porque vulnera de forma clara los derechos fundamentales de las personas afectadas, en especial el de defensa. Esto significa que de manera inmediata, y sin necesidad de petición por las partes, los jueces deberían suspender todos los procedimientos de ejecución hipotecaria que se encuentren en curso en sus juzgados, puesto que la normativa que los regula ha sido declarada ilegal.
El resultado teórico para miles de familias sería, cuanto menos, respirar tranquilos, y si vamos más allá, que esas deudas inacabables queden anuladas. Llevo días ya preguntándome cual va a ser en la práctica la consecuencia, porque si la Directiva europea tuvo que ser aplicada en España desde el año 1995 y no se ha hecho o se ha hecho mal, la responsabilidad de los gobiernos de Aznar, de Zapatero y ahora de Rajoy es absoluta, y los miles de desahucios practicados devendrían nulos y por lo tanto, aunque irreversibles, los afectados se merecerían una indemnización por haber pasado por un proceso en el que un juez aplicó una ley española que contravenía una ley europea. Pienso en mis jueces, en los de aquí, los de Vera y Huercal Overa, y me queda el consuelo personal de haber pedido la suspensión de procesos hipotecario sin que se hayan tenido en consideración mis argumentos por creerlos más morales que legales. Ahora ya no lo digo yo, lo dice Europa, e imagino a mis jueces entre el desasosiego a desobedecer a Europa, la preocupación de infringir la norma española haya o no sido declarada ilegal, alertas ante lo que diga su Ministro y expectantes a ver que hacen los demás para no ser los primeros.
Para su tranquilidad mis queridos jueces, cuando escribo este articulo, tan solo tres días después de la sentencia europea, ya ha habido un juez en Lanzarote que ha suspendido un desahucio amparándose en el fallo Europeo. Espero que a él le sigan muchos y que ahora sí, consientan a mis repetidas peticiones de suspensión.
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