El TSJA amenaza con multas a Carboneras para rectificar ya el PGOU del Algarrobico
El tribunal pide la publicación íntegra de las nuevas normas urbanísticas para evitar la urbanización del hotel
E. P.
Almería
Lunes, 15 de diciembre 2025, 18:14
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha requerido al alcalde de Carboneras (Almería), Salvador Hernández (CS), que «proceda de inmediato» a rectificar el ... anuncio del Boletín Oficial de la Provincia (BOP) destinado a declarar no urbanizables los suelos del paraje de El Algarrobico con la normativa urbanística «íntegra» bajo amenaza de una multa de 1.000 euros cada 20 días.
En una auto dictado el pasado 12 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-administrativo insiste como ya lo hizo el pasado mes de octubre en la publicación del «contenido íntegro» de las nuevas normas urbanísticas a fin de dar por cumplida la sentencia que obliga a devolver la protección a los terrenos donde se asienta el hotel de Azata del Sol.
El tribunal advierte de las multas a cargo del primer edil así como de deducción de particulares al Ministerio Fiscal «si el día 19 de enero de 2026 no existe constancia en este procedimiento de haberse cumplido debidamente con lo ordenado, pudiendo realizar hasta entonces las alegaciones que tenga por conveniente».
Hasta ahora, según las indagaciones realizadas por la Sala, la actuación del primer edil en cuanto al mandato de publicación ha consistido en dirigir a la Diputación Provincial de Almería, a través del Servicio DEHÚ, la orden de inserción de publicación en el BOP de Almería de la modificación parcial del PGOU por cumplimiento de sentencia.
No obstante, incide el tribunal en que únicamente se ha adjuntado «documento de anuncio» con una remisión a la página web municipal del resto de la documentación, conforme quedó publicado el pasado 22 de septiembre y advirtió por su parte la Junta de Andalucía.
Cabe recordar que el propio tribunal se dirigió a la Diputación de Almería para conocer de primera mano las actuaciones llevadas a cabo por su parte tras el mandato dado al Consistorio carbonero y conocer por qué el anuncio no se había publicado de forma completa como le ha exigido en los últimos tres meses.
La declaración como suelo no urbanizable de especial protección de El Algarrobico a través de la publicación de las nuevas normas urbanísticas es una de las cuestiones instadas por el TSJA para cumplir la sentencia ratificada por el Tribunal Supremo en 2018 a fin de devolver a los sectores ST-1 y ST-2, este último correspondiente a El Canillar, su nivel de protección original.
La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en 2016, ratificada por el Tribunal Supremo en 2018, anulaba la clasificación urbanística de ambos sectores como urbanizables y ordenaba su inclusión en el planeamiento municipal como suelo no urbanizable de especial protección, con el grado correspondiente.
El documento aprobado clasifica el sector ST-1 como suelo no urbanizable con grado de protección C1, correspondiente a áreas naturales de interés general, y el sector ST-2 como suelo no urbanizable con grados de protección B1 y B2, vinculado a áreas naturales de interés general y áreas seminaturales con usos tradicionales.
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