El TSJA ordena a Carboneras «culminar» la revisión de licencia del Algarrobico ante sus «meras excusas»
La Sala de lo Contencioso-administrativo da un plazo de diez días al Ayuntamiento para que remita al Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) el expediente
E. P.
Almería
Viernes, 28 de noviembre 2025, 14:57
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado al Ayuntamiento de Carboneras a «tramitar» y «culminar» de una vez el expediente iniciado el ... pasado mes de julio para la revisión de la licencia de obras del hotel de El Algarrobico ante las «meras excusas» dadas desde el Consistorio para tratar de justificar «el incumplimiento de lo acordado».
En un auto rubricado el pasado lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-administrativo da un plazo de diez días al Ayuntamiento para que remita al Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) el expediente, de modo que «de no hacerlo, y acreditarlo así ante la Sala, podrá incurrir en la responsabilidad a que haya lugar».
Para los miembros del tribunal, la remisión del expediente al Consejo Consultivo como paso administrativo «no ha de tener especial dificultad, ni requerir especiales conocimientos», por lo que rechaza las alegaciones del Ayuntamiento de Carboneras sobre la falta de secretario municipal para efectuar dicha labor, ya que se trata de una tarea que también puede asumir «quien haga las funciones de este».
«Tras la emisión del dictamen por parte del Consejo Consultivo de la que se dará cuenta inmediata a la Sala, se procederá a dictar la resolución de terminación del procedimiento de revisión de oficio, dándose cuenta también de forma inmediata a la Sala», ataja el tribunal ante el expediente con el que se pretende de facto la nulidad del permiso municipal, que data de enero de 2003, el cual muestra «vicios de nulidad», según declaró el Tribunal Supremo.
En este punto, el tribunal aclara que la revisión de oficio de la licencia se realiza «en ejecución de sentencia que así lo ordena», toda vez que el mandato judicial obliga a tramitar el expediente y finalizarlo «de forma inmediata», por lo que rechaza «de plano» las peticiones realizadas por el Ayuntamiento de Carboneras y de la promotora Azata del Sol para archivar el caso una vez cumplido el inicio del expediente.
«Consta de forma evidente que no ha sido culminada la ejecución de la sentencia dictada», asevera el tribunal, para el que las alegaciones realizadas por Azata del Sol durante la tramitación de esta pieza separada al posicionamiento de la Junta resultan «intrascendentes» para el cumplimiento de la misma.
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