Almería
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las penas, que suman 15 años y seis meses de prisión, impuestas al hombre que ... mató en agosto de 2023, en la vivienda de la víctima en Vera (Almería), a un ciudadano francés al que debía 2.000 euros, le robó varios efectos personales y ocultó su cuerpo, que aún no ha sido localizado.
En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa y ha rebajado de ocho a cinco años el tiempo máximo de libertad vigilada. El tribunal ha confirmado el resto de los pronunciamientos de la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Almería.
El acusado fue condenado a diez años de prisión por un delito de homicidio, a tres años y seis meses por un delito de robo con violencia en casa habitada y a otros dos años por un delito de estafa por retirar 4.800 euros con una tarjeta bancaria de la víctima.
También fue absuelto de un delito contra la integridad moral por la desaparición del cadáver, al considerar que su conducta constituía un acto de autocubrimiento dirigido a ocultar el crimen y no un delito independiente.
El alto tribunal andaluz ha rechazado los argumentos de la defensa sobre la presunción de inocencia, la motivación del veredicto y la nulidad del registro domiciliario y ha concluido que los elementos que sustentaron la condena procedían de fuentes «previas, autónomas y plurales», entre ellas la denuncia por la desaparición, las comunicaciones telefónicas, las cámaras de tráfico, la documentación bancaria y el uso de la tarjeta de la víctima, reconocido por el acusado durante el juicio.
La Sala ha admitido que no existe una prueba directa de la participación del condenado en la muerte de la víctima y en el posterior robo, ya que el cuerpo no ha aparecido y no se ha podido determinar el modo en el que falleció. No obstante, ha considerado que los indicios analizados de forma conjunta han permitido alcanzar una conclusión «lógica, razonable y coherente».
Según los hechos probados, el acusado, quien vivía en un paraje a las afueras de Vera (Almería), debía unos 2.000 euros a la víctima, por lo que, con la intención de alcanzar un beneficio económico y no abonarle lo adeudado, acudió a su vivienda entre las 20.30 y las 23.00 horas del día 23 de agosto de 2023.
En el interior de la casa, «dio muerte» a la víctima de forma «consciente y voluntaria», aunque de un modo que no se ha podido determinar, cuando ambos se encontraban a solas. Las pruebas científicas practicadas en el domicilio detectaron, mediante reactivos, restos de sangre arrastrada en la entrada de la vivienda, como si la zona hubiera sido «limpiada» con una fregona.
El acusado se llevó del domicilio dos terminales telefónicos tasados en unos 150 euros, así como documentación personal, unas gafas graduadas y dos tarjetas bancarias guardadas en una mochila también de la víctima. Asimismo, se apoderó de un juego de llaves de la vivienda. Parte de las pertenencias se hallaron más tarde en un coche que estaba en posesión del acusado.
Al día siguiente, el condenado compró en una ferretería de Vera un pico y dos juegos de guantes de poliéster. Así, volvió a la casa a última hora de la tarde y cogió el cuerpo sin vida para hacerlo desaparecer «enterrándolo en algún lugar donde no ha podido ser localizado y sin facilitar dato alguno de su ubicación».
Entre el 29 de agosto y el 7 de septiembre, el acusado realizó nueve extracciones con una tarjeta bancaria de la víctima en diferentes cajeros de Vera, Cuevas del Almanzora, Pulpí, Los Gallardos y Garrucha por un importe total de 4.800 euros, con retiradas de entre 100 y 600 euros. Al respecto, existen fotografías y vídeos en los que aparece el acusado con la cabeza y rostro cubierto, aunque dichas prendas también se localizaron.
La Sala ha destacado que el condenado fue la última persona que vio a la víctima, que tenía en su poder sus efectos personales y que ocultó su rostro con mascarilla, gafas de sol o prendas de vestir cuando utilizó la tarjeta bancaria.
El alto tribunal andaluz también ha descartado la posibilidad de una desaparición voluntaria, ya que el hombre interrumpió todas sus rutinas, no utilizó un billete que había comprado para viajar a Francia y no volvió a mantener contacto con sus familiares, su pareja o sus conocidos.
El TSJA ha rechazado, además, aplicar la atenuante de confesión tardía por el reconocimiento de las retiradas de dinero, ya que el condenado admitió los hechos al final del juicio, después de que se hubieran practicado las pruebas que acreditaban el uso de la tarjeta.
La resolución mantiene asimismo el pronunciamiento de la Audiencia Provincial en materia de responsabilidad civil, por lo que el condenado deberá indemnizar con 30.000 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima y con 20.000 euros a su pareja sentimental, además de reintegrar al caudal hereditario los 4.800 euros retirados con la tarjeta. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).
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